Moción de desestimación presentada por el propietario para rebatir la confiscación de su depósito por parte del gobierno


ONTARIO, California, Oct. 05, 2017 (GLOBE NEWSWIRE) -- Hoy, el propietario de un depósito en Fontana, California, presentó una moción para desestimar un procedimiento de confiscación de su propiedad solicitada por el gobierno el 14 de septiembre. El depósito de Fontana es uno de los cuatro depósitos que el gobierno afirma que están sujetos a confiscación ya que fueron utilizados para almacenar palés de aluminio importados de China, que son propiedad de Perfectus Aluminum Inc. (la “Compañía”).

El pedido de confiscación contra todos los depósitos se basa en que el gobierno afirma que la Compañía presuntamente violó la legislación estadounidense al importar los palés bajo falsos pretextos. Sin embargo, como se indica en la moción de desestimación, la Compañía no infringió las leyes al importar los palés, tal como resulta evidente de los datos esenciales ya reconocidos por el gobierno como verídicos, por lo que la confiscación queda desestimada en cualquier caso por la propia conducta gubernamental. La moción pretende obtener la desestimación conforme a los siguientes fundamentos legales, entre otros:

  • El pedido de confiscación pretende de forma indebida aplicar una determinación de 2017 en forma retroactiva del Departamento de Comercio (Department of Commerce, DOC) de los Estados Unidos en relación con los palés de aluminio. En el momento en que tuvo lugar la importación de los palés, el DOC no especificó si las órdenes relativas a los derechos antidumping (AD) y compensatorios (countervailing duties, CVD) relacionados con las extrusiones de aluminio provenientes de China (denominadas órdenes AD/CVD) se aplicaban a dichos palés, que son productos terminados, y no extrusiones conforme a las normativas del DOC. El DOC determinó, solo este año, que las órdenes de AD/CVD se aplicaban a dichos palés, pero la decisión aún no es definitiva. Asimismo, esa decisión no se aplica en forma retroactiva y, por ende, no rige sobre los palés de Perfectus, que fueron importados hace años. En cualquier caso, la reciente decisión del DOC destaca que los palés fueron importados de buena fe y, hasta hace poco tiempo, el gobierno no los consideraba sujetos a las órdenes de AD/CVD. La decisión del DOC también ha sido sometida a una revisión judicial a cargo de la Corte Internacional de Comercio. Además, Perfectus pretende iniciar acciones en dicha Corte una vez que la decisión del DOC, la cual el gobierno ha demorado inexplicablemente, sea definitiva.
     
  • Conforme a las decisiones del DOC que existían al momento de la importación de los palés (anteriores a la nueva decisión del DOC en 2017), la clasificación de los palés de Perfectus era adecuada y había sido realizada de buena fe. Esto, sumado a la connivencia e inacción del propio gobierno, desmiente la afirmación infundada del gobierno de que Perfectus realizó declaraciones “intencionalmente falsas” para evitar las órdenes de AD/CVD y derechos relacionados. 
     
  • El gobierno ha inspeccionado los palés de Perfectus en varias ocasiones en los últimos seis años. En cada oportunidad, certificó de forma explícita o implícita que Perfectus pagó todos los derechos correspondientes. Afirmar —varios años más tarde— que estos mismos palés se introdujeron de contrabando en el país, confiscarlos junto con los depósitos que los contienen e intentar aplicar un gravamen punitivo es una clara violación al debido proceso.
     
  • Se ha producido una demora inaceptable e injustificable entre la importación de los palés y el inicio de los procedimientos de confiscación. El gobierno argumentó anteriormente que presentaría evidencia que justificará la confiscación de la propiedad de Perfectus en una fecha posterior. Sin embargo, planteó obstáculos durante un año, filtrando información en forma selectiva a los medios de comunicación, mientras ocultaban información a la Compañía.

El propietario del depósito de Fontana presentó una moción de desestimación ante la Corte el 3 de octubre de 2017. 

Por cualquier consulta, comuníquese con Harris, Baio & McCullough en el 215-440-9800.


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